Hacienda ha anunciado (5 de octubre de 2026) que retrasará las obligaciones pendientes de VERI*FACTU a octubre de 2028. Hasta que se publique en el BOE, los plazos legales siguen siendo el 1 de enero y el 1 de julio de 2027. Consulta los plazos y las fuentes.

VERI*FACTU y factura electrónica B2B: diferencias

Qué regula cada sistema. La Orden HAC/1028/2026, publicada el 5 de octubre de 2026, inicia los plazos B2B del 6 de octubre de 2027 y del 6 de octubre de 2028.

Equipo editorial de ComparaFactu · Un proyecto de Numonis

Contenido actualizado:

Fuentes revisadas:

VERI*FACTU es una modalidad de los sistemas informáticos de facturación. La factura electrónica B2B regula el intercambio de facturas entre empresarios y profesionales. No son términos intercambiables.

Qué regula cada marco

El Real Decreto 1007/2023 establece requisitos para los registros generados por los sistemas de facturación. El Real Decreto 238/2026 desarrolla el sistema de factura electrónica obligatoria B2B, incluyendo plataformas de intercambio y la solución pública.

Los calendarios también son distintos

La adaptación de los SIF tiene sus propias fechas, el 1 de enero y el 1 de julio de 2027 mientras no se publique otra norma. La Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, se publicó en el BOE el 5 de octubre de 2026. Su disposición final única dispone que entra en vigor el día siguiente al de esa publicación e inicia el cómputo de los plazos de la disposición final octava de la Ley 18/2022 y de las disposiciones transitorias primera a tercera y la disposición final cuarta del Real Decreto 238/2026. El BOE consigna como fecha de entrada en vigor el 6 de octubre de 2026.

Fechas de aplicación de la factura electrónica B2B

La disposición final cuarta del Real Decreto 238/2026 cuenta esos plazos desde la entrada en vigor de la orden. Doce meses después, el 6 de octubre de 2027, la aplicación efectiva alcanza a los empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones, calculado conforme al artículo 121 de la Ley 37/1992, haya excedido de 8 millones de euros durante el año natural inmediato anterior. Veinticuatro meses después, el 6 de octubre de 2028, alcanza al resto. La disposición transitoria tercera añade otros doce meses, hasta el 6 de octubre de 2029, para la obligación de informar sobre los estados de la factura de las personas físicas y las entidades en régimen de atribución de rentas cuyo volumen de operaciones no haya excedido de 8 millones de euros en el año natural anterior; hasta entonces, ese suministro es voluntario para ellas.

Qué preguntar a un proveedor

Pide una respuesta para cada necesidad: qué modalidad SIF utiliza el programa, dónde está su declaración responsable y cómo intercambiará facturas B2B. Solicita la documentación del producto y la versión concretos, junto con los costes de activación, conectores o cambios de plan.

  • Para el SIF: identifica la modalidad y la versión cubierta por la declaración.
  • Para B2B: confirma los formatos, conexiones y alcance que ofrece el plan.
  • Para la contratación: pide por escrito qué está disponible y qué depende de una actualización.

Cómo comparar dos ofertas

Si dos proveedores anuncian compatibilidad, lleva las mismas preguntas a ambos. Anota qué documentación entrega cada uno y qué funciones están incluidas en la cuota. ComparaFactu recoge información pública; una mención comercial a VERI*FACTU no demuestra por sí sola todas las funciones B2B de un plan.

Continúa con la comparación

Consulta programas, precios y condiciones o revisa los fundamentos de VERI*FACTU.

Fuentes consultadas

Fuentes revisadas: . Comprueba las condiciones vigentes en la fuente.

  1. AEAT · Características y requisitos de los SIF ↗
  2. BOE · Real Decreto 1007/2023, texto consolidado ↗
  3. BOE · Real Decreto 238/2026, factura electrónica B2B ↗
  4. BOE · Orden HAC/1028/2026, solución pública de facturación electrónica ↗
  5. AEAT · Ampliación del plazo de adaptación de los SIF ↗

Contenido informativo general. Para determinar tus obligaciones concretas, contrasta la normativa y tu situación con un asesor.