VERI*FACTU es una modalidad de los sistemas informáticos de facturación. La factura electrónica B2B regula el intercambio de facturas entre empresarios y profesionales. No son términos intercambiables.
Qué regula cada marco
El Real Decreto 1007/2023 establece requisitos para los registros generados por los sistemas de facturación. El Real Decreto 238/2026 desarrolla el sistema de factura electrónica obligatoria B2B, incluyendo plataformas de intercambio y la solución pública.
Los calendarios también son distintos
La adaptación de los SIF tiene sus propias fechas, el 1 de enero y el 1 de julio de 2027 mientras no se publique otra norma. La Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, se publicó en el BOE el 5 de octubre de 2026. Su disposición final única dispone que entra en vigor el día siguiente al de esa publicación e inicia el cómputo de los plazos de la disposición final octava de la Ley 18/2022 y de las disposiciones transitorias primera a tercera y la disposición final cuarta del Real Decreto 238/2026. El BOE consigna como fecha de entrada en vigor el 6 de octubre de 2026.
Fechas de aplicación de la factura electrónica B2B
La disposición final cuarta del Real Decreto 238/2026 cuenta esos plazos desde la entrada en vigor de la orden. Doce meses después, el 6 de octubre de 2027, la aplicación efectiva alcanza a los empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones, calculado conforme al artículo 121 de la Ley 37/1992, haya excedido de 8 millones de euros durante el año natural inmediato anterior. Veinticuatro meses después, el 6 de octubre de 2028, alcanza al resto. La disposición transitoria tercera añade otros doce meses, hasta el 6 de octubre de 2029, para la obligación de informar sobre los estados de la factura de las personas físicas y las entidades en régimen de atribución de rentas cuyo volumen de operaciones no haya excedido de 8 millones de euros en el año natural anterior; hasta entonces, ese suministro es voluntario para ellas.
Qué preguntar a un proveedor
Pide una respuesta para cada necesidad: qué modalidad SIF utiliza el programa, dónde está su declaración responsable y cómo intercambiará facturas B2B. Solicita la documentación del producto y la versión concretos, junto con los costes de activación, conectores o cambios de plan.
- Para el SIF: identifica la modalidad y la versión cubierta por la declaración.
- Para B2B: confirma los formatos, conexiones y alcance que ofrece el plan.
- Para la contratación: pide por escrito qué está disponible y qué depende de una actualización.
Cómo comparar dos ofertas
Si dos proveedores anuncian compatibilidad, lleva las mismas preguntas a ambos. Anota qué documentación entrega cada uno y qué funciones están incluidas en la cuota. ComparaFactu recoge información pública; una mención comercial a VERI*FACTU no demuestra por sí sola todas las funciones B2B de un plan.
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