Una rectificativa documenta una corrección de una factura previa. Puede ser necesaria por datos obligatorios incorrectos, una cuota de IVA mal calculada o determinadas modificaciones de la base imponible. Identifica la causa antes de elegir el procedimiento.
Distingue el borrador de la factura emitida
Un borrador todavía en preparación y un documento ya emitido no se gestionan igual. Localiza primero su estado en el programa. No sustituyas por tu cuenta el PDF original como única forma de corregir: conserva la relación entre lo emitido y la corrección que corresponda.
Qué debe quedar identificado
La AEAT indica que se haga constar el carácter rectificativo, la causa, las facturas afectadas y la rectificación realizada, además de los requisitos generales. Hay supuestos particulares, como ciertos descuentos por volumen. Las rectificativas utilizan una serie específica.
Reúne los documentos de la corrección
Antes de trabajar con el programa, reúne la factura original, la comunicación que explica el cambio y el cálculo de la diferencia. Por ejemplo, si se acuerda reducir el precio de un servicio, conserva el acuerdo y calcula base e impuesto por separado. Que exista una diferencia comercial no determina por sí sola todos los efectos fiscales.
No confundas una rectificación con recuperar IVA por impago
El impago tiene condiciones y plazos propios para modificar la base. Tampoco todos los errores se corrigen de la misma manera en los registros SIF. Verifica el supuesto con tu asesor y pide al proveedor que explique su flujo: emisión del documento, vinculación al original y tratamiento del registro.
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